DECRETO NACIONAL 457 DE MARZO 22 DE 2020
marzo 26
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE TURBACO-BOLIVAR, en uso de sus facultades constitucionales y legales considera adoptar el DECRETO NACIONAL 457 DE MARZO 22 DE 2020 EN EL MUNICIPIO DE TURBACO, POR EL CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL COVID-19 Y SE ESTABLECE OTRAS MEDIDAS comprendidas en el DECRETO 459.
Atendiendo las anteriores se DECRETA:
Adoptar integralmente el DECRETO NACIONAL 457 DE 2020 donde se decreta “aislamiento preventivo obligatorio en toda la jurisdicción del municipio de Turbaco-Bolívar, el cual entrara a regir desde las CERO (00.00) horas del día 25 de Marzo de 2020 hasta las CERO (00) horas del día 13 de abril de 2020”.
Dentro de las medidas impuestas por el ALCADE DEL MUNICIPIO se adopta:
PICO Y PLACA: adicional a lo impuesto en el decreto 457 de 2020, relacionado con la Movilidad, a nivel local se exigirá de manera adicional, el cubrimiento de boca y nariz por parte de todas las personas que se transporte en motocicletas, motocarros o similares. Adicionalmente, se establece pico y placa para limitar el tránsito de motocicletas en el municipio.