Las fotomultas siguen vivas

noviembre 05

A raíz de la decisión de la Corte Constitucional relacionada con la responsabilidad del propietario del vehículo en la comisión de una infracción detectada mediante sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos (SAST) o las llamadas FOTOMULTAS, debemos aclarar que el Máximo órgano constitucional ha determinado que para que el propietario del vehículo sea sancionado, se debe demostrar su responsabilidad en la comisión de la infracción, para lo cual la autoridad de tránsito podrá valerse de los medios probatorios que contempla el ordenamiento jurídico colombiano a efectos de imponer la sanción respectiva, por tanto aun sin la identificación por reconocimiento facial, se puede establecer la responsabilidad del propietario.